La constitución de empresa es un procedimiento a través del cual una persona o grupo de personas registran su empresa ante el Estado para que este les ofrezca los beneficios de ser formales.
PROCESO:
1. Búsqueda y reserva de nombre: No es un trámite obligatorio pero sí recomendable para facilitar la inscripción de la empresa en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp. Durante la calificación de la Reserva de Nombre, el Registrador Público tiene que verificar si existe alguna igualdad o coincidencia con otro nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social solicitados antes.
Requisitos:
DNI o Pasaporte. Si el representante legal es extranjero, debe presentar su Carné de Extranjería vigente.
Formulario de solicitud de Reserva de nombre de Persona Jurídica
2. Elaboración del acto constitutivo: El acto constitutivo es un documento en el cual los miembros de una sociedad manifiestan su voluntad de constituir una empresa y en donde señalan todos los acuerdos respectivos. Consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a este.
Requisitos:
2 copias del DNI de cada uno de los socios y cónyuges.
Original y 2 copias de Búsqueda y reserva de nombre.
Archivo (PDF, Word, Excel) en un USB con el giro del negocio y la lista de bienes para el capital.
Formato de declaración jurada y fecha de solicitud de constitución de empresas.
3. Abono de capital y bienes: Si deseas constituir una empresa, es necesario aportar una cantidad de dinero o bienes (inmuebles o muebles) que se acreditarán con el documento expedido por una entidad financiera, la inscripción de la transferencia a favor de tu empresa o sociedad, con la escritura pública que certifique esta transferencia o con el informe de valorización detallado. Puedes aportar esto, abriendo una cuenta de banco donde se depositará el dinero que tú y tus socios deseen aportar a la empresa, o realizando un inventario que especifique la cantidad y el costo de los bienes que cada socio ingrese a la empresa. La recomendación es contar con un monto mínimo de S/ 1,000 para abrir una cuenta.
Requisitos:
DNI, Pasaporte o Carné de Extranjería vigente.
Formato de Acto Constitutivo.
4. Elaboración de Escritura Pública: Una vez redactado el Acto Constitutivo, es necesario llevarlo a una notaría para que un notario público lo revise y eleve a Escritura Pública. Se generará la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que el Acto Constitutivo es legal. Este documento debe estar firmado y sellado por el notario y tener la firma de todos los participantes de la sociedad, incluidos los cónyuges de ser el caso.
Requisitos:
DNI, Pasaporte o Carné de Extranjería vigentes.
Formato de Acto Constitutivo.
Depósito o voucher de abono en dinero.
5. Inscripción en Registros Públicos: Una vez obtenida la Escritura Pública, es necesario llevarla a SUNARP para realizar la inscripción de la empresa en los Registros Públicos. (Este procedimiento normalmente es realizado por el notario).
6. Inscripción al RUC para Persona Jurídica: Si has constituido una empresa, debes incribirla en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de Sunat. Puedes hacer este trámite por Mesa de Partes Virtual (MPV) o en persona, a través de su representante legal o tercero autorizado y cumpliendo algunos requisitos. Ten en cuenta que no necesitas hacer este trámite si usaste Sid-Sunarp para constituir tu empresa. En este caso, Sunarp incluirá en tu ficha de inscripción un número RUC inactivo de sociedad constituida que tu representante legal tiene que activar en Sunat Operaciones en Línea, luego de que hayas creado tu clave SOL a través de Sunat Virtual o la App Personas.
Requisitos (Mesa de Partes Virtual-Sunat):
– Formulario (guía) para inscripción o reactivación de personas jurídicas y otras entidades, lleno y escaneado.
– Número de la partida electrónica de constitución de la empresa en Registros Públicos.
– Original de documento privado o público en el que conste la dirección del domicilio fiscal que se declara, escaneado.
Requisitos (Presencial):
– DNI vigente o carné de extranjería.
– Original de partida registral certificada (ficha o partida electrónica) por los Registros Públicos, con antigüedad no mayor a 30 días calendario.
– Original de documento privado o público en el que conste la dirección del domicilio fiscal que se declara
-Cumplir los requerimientos según el tipo de contribuyente a inscribir.
-Todo formulario debe estar correctamente llenado y firmado por el representante legal.