DELITOS CONTRA EL HONOR

DELITOS CONTRA EL HONOR

El honor comprende tanto la opinión que el resto de personas puedan tener de tí, lo que se conoce como la fama, o reputación social, así como la autovaloración que cada quien tenga de sí mismo. Nuestra legislación protege al honor como un valor o bien jurídico indispensable para nuestra autorrealización personal, sancionando penalmente tres supuestos o figuras que atentan contra el honor de las personas.

Injuria

En nuestro Código Penal a través del llamado delito de injuria, regulado en el artículo 130, se sanciona a toda persona que mediante palabras, gestos o movimientos corporales ofende o ultraja a otra, lesionando su autovaloración o estimación personal o afectando su imagen o reputación social.

Sin embargo, si bien el delito de injuria no contempla como sanción una pena de cárcel efectiva sí prevé una sanción penal de prestación de servicios comunitarios consistente en un mínimo de 10 y un máximo de 40 jornadas de trabajo, o en su defecto, una pena de multa consistente en un mínimo de 60 y un máximo de 90 días multa.

Calumnia

Nuestro Código Penal también sanciona el delito de calumnia, en el artículo 131, el cual consta en la falsa atribución de un delito a un miembro de nuestra sociedad. Así, se afecta el honor de una persona cuando se le atribuye haber realizado una acción delictiva que nunca hizo, lo que al igual que la injuria no es sancionado con una pena de cárcel, pero sí con una pena de 90 a 120 días multa.

Ahora bien, cuando los delitos de injuria y de calumnia son realizados frente a varias personas reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia o el hecho o la cualidad que perjudica el honor y la reputación de las personas, se configura una figura mas grave, denominada difamación.

Difamación

El delito de difamación, en principio, según lo regulado en el Código Penal en su articulo 132, señala que, “ante varias personas, reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia, atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte días-multa.” Pero, si la difamación refiere a una calumnia, como lo mencionamos anteriormente, “la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de dos años y con noventa a ciento veinte días-multa”. Incluso si la difusión de la noticia o del hecho o de la cualidad que afecta el honor se realiza a través de un libro, de la prensa o de cualquier otro medio de comunicación social, como la televisión, un canal de YouTube o cualquier otro mecanismo, “la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y de ciento veinte a trescientos sesenta y cinco días-multa”.

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